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La suspensión cautelar del concurso de La Savina cuesta casi 5 millones de euros

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) aumenta en más del triple la cantidad que Marina Formentera debe depositar para hacer efectiva la medida judicial // La fianza es para garantizar los perjuicios que puede sufrir Port Med, S.L, actual concesionario de la dársena de poniente del puerto de Formentera

FORMENTERA, 4 DE MARZO DE 2023.- El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha elevado a 4.853.360 euros el aval que la empresa Marina Formentera deberá depositar si desea hacer efectiva la suspensión cautelar de la adjudicación de la dársena de poniente del puerto de La Savina.

Esta cantidad supone más del triple de la fianza fijada inicialmente por el tribunal y responde a los argumentos de un recurso de reposición presentado por la Autoridad Portuaria de Baleares (APB) y Port Med, S.L., sociedad que gestiona las instalaciones bajo la marca comercial Marina La Savina.

El auto del TSJIB establece en la cantidad señalada la indemnización a la que Marina Formentera debería hacer frente por los perjuicios que las medidas cautelares pudieran causar a Port Med, S.L., y a la APB en el caso de que su demanda principal contra la adjudicación de la dársena de poniente no fructifique.

Cabe recordar, en este sentido, que el contencioso interpuesto por Marina Formentera contra los pliegos del concurso que se adjudicó Port Med, S.L., se basa en que aquéllos no recogían la obligación de subrogarse al personal del anterior concesionario. Esta causa decae por su propio peso desde el momento en que el nuevo gestor del puerto se hizo cargo de la plantilla en virtud de lo que establece la legislación laboral y es de general conocimiento.

En cualquier caso, Port Med, S.L, desea reiterar que el depósito del millonario aval exigido no significa en modo alguno que Marina de Formentera vaya a retomar la gestión del puerto deportivo, como ya puso de manifiesto un auto del TSJIB del pasado 6 de enero, en el que clarificaba el alcance de las medidas cautelares. La citada resolución es diáfana cuando señala: “La sociedad actora (Marina Formentera) trata de obtener en el presente recurso contencioso un resultado ya denegado”.

Según informó Port Med el pasado 15 de febrero, sostener que Marina Formentera ha recuperado su antigua concesión es una tergiversación destinada a confundir a la ciudadanía y sembrar la incertidumbre entre los usuarios del puerto.

Marina Formentera cuenta con un plazo de un mes, a contar desde el pasado 28 de febrero (fecha del último auto del TSJIB), para reunir y presentar el nuevo aval de casi 5 millones de euros. En caso de no hacerlo, la medida cautelar de suspensión no será de aplicación.

Port Med, S.L., recuerda que la fianza, a pesar de su elevada cuantías, es meramente estimativa y que podría ser incluso superior al final del proceso. Asimismo, recalca que ésta no incluye –pues se trata de procedimientos judiciales separados– las responsabilidades en las que pudiera haber incurrido Marina Formentera al negarse a abandonar el puerto durante la pasada temporada alta, tras la resolución del concurso de la Autoridad Portuaria que adjudicó las instalaciones a Port Med, S.L.