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Proteger el medio ambiente y la seguridad náutica, objetivos de la nueva Directiva Europea sobre construcción de embarcaciones de recreo

El Parlamento Europeo ha aprobado una nueva Directiva que establece una serie de requisitos a aplicar en la construcción y diseño de embarcaciones de recreo para una náutica más segura y respetuosa con el medio ambiente. La norma afecta fundamentalmente a fabricantes, que deberán adecuar su producción a los nuevos requerimientos europeos para la homologación de embarcaciones de recreo, desde los 2,5 metros de eslora hasta los 24 metros.

Entre las organizaciones náuticas europeas impulsoras de esta Directiva, ANEN desde su posición como miembro de EBI (European Boat Industry) e ICOMIA, ha sido la organización española representante de nuestro sector náutico que ha participado desde un primer momento en su planteamiento ante el Parlamento Europeo.
La nueva Directiva, que sustituye a la anterior del año 1994 y a su revisión del 2003, incorpora entre otros, una serie de requisitos cuyo objetivo es reducir las emisiones de óxidos de nitrógeno (NOx) un 20% en el horizonte de tres años, plazo que se amplía hasta los 6 años en el caso de los motores de hasta 15 Kw.
Otro de los cambios más significativos es la nueva clasificación de las categorías de diseño de embarcaciones, que se ha hecho de acuerdo a la fuerza del viento y la altura de olas.
La vigilancia del mercado también se ha considerado en la nueva Directiva, estableciendo la necesidad de un mayor control por parte de los estados miembros del uso del marcado CE en embarcaciones de recreo, tanto dentro como fuera de nuestras fronteras. Asimismo, los distribuidores e importadores tendrán la obligación de informar al fabricante y a las autoridades sobre los productos que no cumplen con las medidas de seguridad.
En España, algunos de los nuevos requisitos europeos ya eran de obligado cumplimiento, como la necesidad de disponer de tanques de aguas negras en las embarcaciones provistas de sanitarios.
Otras exigencias de carácter más técnico que se modifican, se refieren por ejemplo a la propulsión eléctrica, para la que se establecen condiciones de independencia de los circuitos para evitar fallos.

En el apartado de seguridad náutica, se incluyen formalmente requisitos que venían siendo norma habitual pero no eran obligatorios en la directiva del 2003. Es el caso de los sistemas de seguridad u hombre al agua en motores fuera borda con timón incluido, o la ventilación obligatoria de los tanques de gasolina. También se aborda la estabilidad para embarcaciones multicasco.
Desde el pasado 9 de octubre, fecha en la que el Parlamento Europeo aprobó la nueva Directiva, se abre un plazo de dos años para que los países de la UE hagan su transposición al ordenamiento nacional (finales de 2015), y una año más (todo el 2016) en el que se podrán homologar embarcaciones de acuerdo a ambas directivas (la actual de 1994 revisada en 2003 y la nueva). Será a partir de 2017 cuando toda embarcación tendrá que estar homologada a las condiciones que introduce esta nueva Directiva.