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Articulo publicado en www.masmar.net el 28 11 2019

http://www.masmar.net/index.php/esl/Vela/M%C3%A1s-Vela/Yo,-que-no-me-canso,-aprovecho-para-a%C3%B1adir,-Por-Arturo-Delgado

Yo, que no me canso, aprovecho para añadir, Por Arturo Delgado

29 noviembre 2019 19:01:36

Otro buen comentario de Jaume Soler.

Yo, que no me canso, aprovecho para añadir que siguen ocultando el informe sobre la situación de la Fundación Vela Española y las cuentas de cierre del Mundial del ISAF World Cahampionship 2014 que saben que no está cerrado y es el experto Javier Sanz el que las manipula. ¿Quién se ha llevado la pasta? ¿El Ayuntamiento de Santander? ¿G. Pombo? ¿O el mismísimo Rodriguez siendo su Vicepresidente la Srª Casanueva, si la de la moción de censura?

Corralito habemus y hay que mantenerlo…

Y que no se informe sobre la situación legal de las oficinas de Madrid otra traca.

A todo esto la mayoría de los miembros de la Asamblea, que representan a todo el Colectivo de la Vela y que siguen aplaudiendo con las orejas… todos y cada uno pensando en las migajitas que puedan pillar sin pensar que están para lo que están y no para defender intereses personales.

http://www.masmar.net/index.php/esl/Vela/M%C3%A1s-Vela/Yo,-que-no-me-canso,-aprovecho-para-a%C3%B1adir,-Por-Arturo-Delgado

Yo, que no me canso, aprovecho para añadir, Por Arturo Delgado

29 noviembre 2019 19:01:36

Otro buen comentario de Jaume Soler.

Yo, que no me canso, aprovecho para añadir que siguen ocultando el informe sobre la situación de la Fundación Vela Española y las cuentas de cierre del Mundial del ISAF World Cahampionship 2014 que saben que no está cerrado y es el experto Javier Sanz el que las manipula. ¿Quién se ha llevado la pasta? ¿El Ayuntamiento de Santander? ¿G. Pombo? ¿O el mismísimo Rodriguez siendo su Vicepresidente la Srª Casanueva, si la de la moción de censura?

Corralito habemus y hay que mantenerlo…

Y que no se informe sobre la situación legal de las oficinas de Madrid otra traca.

A todo esto la mayoría de los miembros de la Asamblea, que representan a todo el Colectivo de la Vela y que siguen aplaudiendo con las orejas… todos y cada uno pensando en las migajitas que puedan pillar sin pensar que están para lo que están y no para defender intereses personales.

Articulo publicado por Jaume Soler el 29 11 2019

https://jaumesoler.net/tripulante-18-abc-nautica-2019/

Tripulante 18: La vida sigue (casi) igual

20191123-Asamblea-RFEV_03

Artículos de opinión de Jaume Soler publicados en ABC de la Náutica en 2019

Por

Jaume Soler

-

29 noviembre, 2019

La Asamblea General de la Real Federación Española de Vela celebrada el 23 de noviembre, fue como acostumbra ser habitual, lo que popularmente puede llamarse como una balsa de aceite.

Los asambleístas, salvo contadas excepciones como fue la última de José Ángel Rodríguez en 2015 que desembocó en la posterior moción de censura, han sido por norma reuniones sin demasiados sobresaltos para los mandatarios.

En esta última se aprobó todo con discursos triunfalistas de lo bien que están haciendo las cosas en el plano económico con un superávit de hasta 275.000 euros, como en el apartado deportivo, donde visto lo visto tenemos la mejor cantera del mundo; ahora solo falta que los mayores clasifiquen el 60% de tripulaciones para Tokio 2020, que son las que le faltan a España a menos de un año para la cita olímpica.

Vaya, que todo va todo como en el cuento y Julia Casanueva vivió la asamblea como si fuera ‘Alicia en el país de las maravillas’. Bueno, esto si nos atenemos a lo que ha trascendido al mundo exterior a través de los medios oficiales de la RFEV; aunque a la notificación se le olvidó contar un pequeño detalle, tan poco significativo como que un grupo de asambleístas, minoritario eso sí, impugnaron la convocatoria de la asamblea debido a una vez más errores en la misma, lo que abre nuevamente la vía judicial cuando aún no está cerrado el procedimiento del traslado de la sede federativa de Madrid a Santander y que un juez anuló en primera instancia a lo que la RFEV recurrió.

Columna de opinión publicada en ABC de la Náutica (28/11/19).

El otro tema, que al menos a mí me llamó la atención, fue que el vicepresidente primero y económico Javier Sanz, diera a conocer las cuentas de ejercicio anterior donde según lo dicho por la RFEV, no hace más que cerrar los años con números azules; pero a su vez por primera vez en los últimos cuatro años no fuera el directivo quién explicara a los presentes los presupuestos de 2020, sino que lo hizo el director general de la RFEV, Pablo Barrio. Curioso.

Tampoco se hizo hincapié explícitamente al hecho que hubo que devolver al Gobierno de Cantabria las subvenciones mal justificadas de los años anteriores, que debían que destinarse a deportivas cántabros y que el fin parece ser que fue otro. Este año evidentemente no les va a dar ni un euro.

Y por otro lado, mejor que la federación vaya dando números positivos, ya que tienen una abierta una demanda presentada en el año 2017 por parte de los hermanos Federico y Arturo Alonso Telechea, referente a su no inclusión en el Equipo Olímpico de Río 2016, en donde consideraban que la plaza la habían ganado ellos, y en la que reclaman una indemnización de 173.836,88 euros. La RFEV nunca la ha considerado y se está a la espera de que resuelva la justicia, pero esta cantidad sigue sin estar provisionada en los presupuestos. Si la RFEV pierde el juicio ya veremos de donde sacan este dinero no provisionado en los presupuestos. Eso sí que es tener fe.

Y para acabar. No deja de ser extraño que si la RFEV se fue de Madrid a Santander, su reunión más importante como es la Asamblea, se siga celebrando en la sede del Consejo Superior de Deportes que está precisamente en Madrid. Si era por un tema logístico y económico, ¿por qué se fueron de la capital?

Artículo publicado en ABC de la Náutica (28/11/2019)*

Articulo publicado en www.masmar.net el 21 11 2019

http://www.masmar.net/index.php/esl/Vela/M%C3%A1s-Vela/Y-yo-no-me-canso-de-preguntar-Por-Arturo-Delgado

Y yo no me canso de preguntar: Por Arturo Delgado

21 noviembre 2019 20:04:18

Y yo no me canso de preguntar:

1 ) ¿Dónde está el informe sobe la situación legal de las oficinas de Madrid y qué se piensa hacer con ellas y como?

2) ¿Dónde esta el informe sobre la Fundación Vela Española?

3) ¿Cuándo se van a presentar y cerrar la cuentas del ISAF World Championshjp 2014 de Santander? El que afirme que están cerradas es un mentiroso y estafador. En esta acusación incluyo a toda la Junta Directiva con su señora Presidente al frente, al CSD, al Protectorado de Fundaciones y al Ayuntamiento de Santander.

4) ¿Cuándo vamos a saber la verdad sobre el engaño al Gobierno de Cantabria por las subvenciones recibidas de este con justificantes falsos y que la RFEV tiene que devolver?

A todo esto sigue la insigne Presidente empeñada en el traslado de domicilio a Santander cuando el asunto está sub judice por recurso de la propia Federación… Siempre me ha llamado la atención que Su Señoría, aun dando la razón a los demandantes haya manifestado en la Sentencia su extrañeza por el hecho de que el domicilio de la RFEV no estuviese en un puerto de mar… (pues eso ocurre, ni más ni menos que hace más de cien años…). Esto me recuerda lo que hizo el Juez De Prada con su comentario en la Sentencia sobre la Gürtel que tan bien fue aprovechado contra Rajoy con las consecuencias que todos sabemos…

Ya no me fío de nadie y del corralito santanderino aún menos.

https://jaumesoler.net/donde-esta-el-ahorro-que-me-lo-expliquen/

Articulo publicado por Jaume Soler el 21 11 2019

https://jaumesoler.net/donde-esta-el-ahorro-que-me-lo-expliquen/

¿Dónde está el ahorro? Que me lo expliquen

PANTA

La Asamblea de la RFEV tiene en su mano aprobar un presupuesto en que la mitad del gasto es para personal y estructura federativa

Por

Jaume Soler

-

21 noviembre, 2019

El cambio de sede de la Real Federación Española de Vela (RFEV) de Madrid a Santander se hizo teóricamente para ahorrar gasto y estructura. Exactamente no se donde le ven el ahorro, entre otras cosas, porque las asambleas se siguen celebrando en Madrid y no en la antigua sede federativa sita en Luis de Salazar –propiedad aún de la RFEV-, sino en las instalaciones del Consejo Superior de Deportes (CSD). Pues bien, el CEAR de Santander (nueva sede de la RFEV) costará a la federación en 2020 la nada despreciable cantidad de 727.344,23 euros.

El presupuesto de la RFEV para 2020 asciende a 4.674.247,61 euros en cuanto a ingresos y a 4.633.247,61 euros en cuanto a gastos, lo que supone una diferencia de +14,18% y +15,55% respectivamente en referencia al de 2019. También se anuncia un superávit de 41.000 euros.

El hecho está en que si con el cambio se trataba de reducir personal esto no es cierto en estructura, según se desglosa en el presupuesto que se pasará a aprobación el próximo sábado día 23 de noviembre en la Asamblea General ya que la RFEV ha pasado de 21 empleados en plantilla en el año 2018 a 23 en el 2019.

El gasto en personal es de casi un millón de euros, distribuidos en 925.679,46 euros en personal técnico y deportivo; 42.300 euros en personal en actividades estatales; 39.420 euros en personal de gestión federativa y aquí sale también una partida para Servicios Exteriores de nada más y nada menos que 145.261,76 euros; esta partida es un auténtico cajón de sastre donde encontramos a Profesionales Diversos (¿?) con 14.500 euros, Prensa 25.500 euros, Comunicaciones y Marketing 22.000 euros y el curioso pago a la web Cantabria Liberal –para autocomplacencia de la presidenta- con banner incluido en la web federativa de 3.000 euros.

Estos son unos pequeños ejemplos de una partida elegida al azar del anteproyecto del presupuesto de 2020 y que en buena parte lo han incluido en el apartado de Alta Competición para así poder sacárselo a la subvención del CSD que en el 2020, al ser año olímpico, asciende a 3.385.149,89 euros, un 28,13% más que en 2019 y que es nada más y nada menos que el 70% de presupuesto con dinero público para el año que viene.

No es cuestión de empezar a dar números y números, pero mi reflexión es que si el personal y los profesionales diversos ya se llevan el 25% del presupuesto y el mantenimiento del CEAR de Santander otro 20%; es decir casi la mitad del total de toda la RFEV, ya me explicarán donde está el teórico ahorro.

Dado que esta información no está colgada en el portal de transparencia de la RFEV, quien quiera entretenerse con claridad y analizar el informe completo de auditoria y anteproyecto de presupuesto, lo puede consultar en los siguientes enlaces:

Auditoria a 31 de diciembre de 2018

Anteproyecto Presupuesto de 2020

Articu lo publicado en www.masmar.net el 18 11 2019

http://www.masmar.net/index.php/esl/Vela/M%C3%A1s-Vela/Cuando-la-incompetencia-del-Servicio-Jur%C3%ADdico-del-CDS-permite-que-la-Comisi%C3%B3n-Directiva-apruebe-los-estatutos-de-la-RFEV-contrarios-a-derecho-y-que-no-se-ajustan-a-la-Ley

Cuando la incompetencia del Servicio Jurídico del CDS permite que la Comisión Directiva apruebe los estatutos de la RFEV contrarios a derecho y que no se ajustan a la Ley.

18 noviembre 2019 13:48:23

Está claro que el control, o mejor dicho, -tras lo que se expone a continuación-, el descontrol, del CSD y su Comisión Directiva no tienen la misma sensibilidad con este concepto en todos los deportes federados que hay en nuestro país.

Concretamente con relación al deporte de la Vela, el CSD ha hecho oídos sordos a escándalos tan monumentales, como el del autonombramiento de director del Mundial de Vela 2014. Asunto por el que una importante directiva del CSD tuvo que declarar como testigo ante la el Juzgado de lo Social de Santander, para testificar sobre el AUTO contrato blindado -prohibido por el CSD a las FFEE- que se había auto realizado el entonces Presidente de la RFEV con la ayuda de su Vicepresidente. En esta declaración fue en la que se basó el Juzgado para declarar ilegal el auto-contrato en su sentencia, ya que no existía permiso del CSD para blindarle, lo que incumplía LA NORMATIVA de Buen Gobierno elaborado por el CSD y que estaba vigente en la RFEV. A pesar de esta comparecencia en el Juzgado de una de los Directivos del CSD, este no tomo ninguna medida contra la RFEV.

Con relación a la Comisión Directiva del CSD, que entre sus funciones, reconocidas por la Ley del Deporte, está la de aprobar los estatutos de las FFEE, así como sus modificaciones, es muy peculiar su control sobre lo que aprueba, haciéndolo como en el caso de los de la RFEV permitiendo que estos incumplan la Ley.

Entre las competencias de este Comité Directivo está la de comprobar que los estatutos que vayan a aprobar cumplan con la Ley, en este caso con el RD 1835/1991, de 20 de diciembre, que en su artículo 12.2 establece, de forma meridiana, los aspectos obligatorios que estos deben regular en todas la FFEE.

Pues bien, incompresiblemente, los estatutos que la Comisión Directiva del CSD aprobó COMO DEFINITIVOS de la RFEV el 14 de junio de 2016 y se publicó en el BOE 263 de fecha 31 de octubre de 2016 (https://www.boe.es/eli/es/res/2016/10/13/(3), estos, contra toda lógica, derecho y normativa legal, NO contemplan lo que obliga el articulo12.2,o) del RD 1835/1991, o lo que es lo mismo, no contemplan absolutamente nada sobre el Procedimiento para la Aprobación y reforma de sus Estatutos y Reglamentos, con lo que los estatutos de la RFEV vigentes INCUMPEN CON LA LEY. Lo que en un estado de derecho, como es España, es no solo muy fuerte, sino que es fuertísimo, indicando en manos de quienes está el deporte Español

Pero no solo sucede esto en los Estatutos de la RFEV; lo que indico a continuación es propio de un país tercermundista, y a la vez de un chiste malo, que de no ser porque los estatutos son una cosa muy seria, no se puede tomar como tal, sino que hay que tomarlo como una incompetencia de los que lo aprobaron, y de los que lo presentaron para su aprobación; la incongruencia que contienen los estatutos vigentes de la RFEV es la siguiente: el artículo 40.2, dice: “De los acuerdos adoptados se levantará acta por el Gerente o Director General o quien haga sus veces, en la forma especificada en el artículo 30”.

Pues bien, cuando uno va a buscar el artículo que específica la forma como han de levantase el acta de las asambleas y, o, reuniones, se encuentra con lo siguiente, (sic): Artículo 30. (Derogado).

En fin, no me dirán que no tienen guasa los estatutos de la RFEV y el control de servicio Jurídico del CSD y no digamos ya el de la Comisión Directiva del mismo. Los estatutos aprobados el día 31 de octubre de 2016, primero no cumplen con el ordenamiento jurídico y después, en ellos mismos se derogan artículos a los que te REMITEN otros para confeccionar las actas. ¡De chiste bananero¡ Si el asunto que nos ocupa no fuese una cosa seria, seria para destornillarse de risa.

Pero no solo acaba aquí la incapacidad de la Comisión Directica del CSD, sino que el día 29 de marzo de 2019 aprueba una modificación estatutaria de los de la RFEV sin tener los estatutos la normativa para ello, pero hete aquí, que ni cortos ni perezosos, con la energía y el celo de un inquisidor de otras épocas, aprueban una supuesta modificación del artículo 4.2, el que no ha sido modificado desde la aprobación de los estatutos en 2016.

Por el mismo precio, y mismo trabajo, modifican (¿?) otro artículo, el 4.2 ¡eso sí que es ser competentes, además de autodidactas¡

En fin, un auténtico cumulo de DISLATES, primero, de los directivos de la RFEV que solicitaron la modificación con ese texto, y segundo de los responsables del CSD del control de que los estatutos de las FFEE se ajusten a derecho y cumplan con la Ley.

Con estos estatutos, que no contemplan el obligado procedimiento para la aprobación y reforma de los mismos, como es posible que se pretendan desde la directiva el modificar los estatutos en el AGE DEL DIA 23 de noviembre.

Sera por el sistema de aquí te pillo, aquí te mato.

Que cada uno saque sus propias conclusiones a una realidad incontestable de los gazapos, e incompetencia del CSD y su Comisión Directiva y de los directivos de la RFEV. Esto en una empresa privada hubiese supuesto el despido inmediato.

Desgraciadamente continuara…

J.F.M.J.O.

Articulo publicado en www.masmar.net el 14 11 2019

http://www.masmar.net/index.php/esl/Vela/M%C3%A1s-Vela/Para-la-Presidenta-de-la-RFEV-los-asamble%C3%ADstas-deben-de-ser,-o-mejor-dicho,-son,-nada-menos-que-videntes

Para la Presidenta de la RFEV los asambleístas deben de ser, o mejor dicho, son, nada menos que videntes

14 noviembre 2019 17:39:31

Por ello les pide, que sin ver la documentación, la aprueben, el próximo día 23, el balance y cuentas del 2018. Lo que supone además de un desatinado, un “acto de fe” gratuito. Sobre las pretendidas modificaciones estatutarias, ya lo comentamos el otro día.

Los balances y las cuentas del 2018, a pesar de estar casi en el 2020 no se acompañan a la convocatoria de la AGE del día 23 de noviembre, ni están expuestas en la web de Transparencia de la RFEV como siempre han estado.

Con relación a este concepto de la Transparencia, a la que la Ley obliga a las FFEE, en la de Vela, la Presidenta, y su Junta, parece que no la practican. Por ello, no envían la documentación sobre el balance y cuentas del 2018 como obliga la Ley sobre las cuestiones a debatir en la asamblea del día 23

El ocultismo de la Presidenta es tal, que a día de hoy, en la web federativa no está expuesta la convocaría de la AGE del día 23 de noviembre de 2019, ni la documentación a tratar en la misma, faltando además el balance y cuentas del 2018 que la Presidente pretende la aprueben.

Siendo por ello, que muchos de los asambleístas de la RFEV son las personas más afortunadas del mundo, (aunque no lo sepan) pues, parece ser que para su Presidenta tienen el don de la adivinación considerándolos videntes, y por ello son capaces de aprobar el balance y las cuentas del 2018, sin conocerlas, ya que a día de hoy no han recibido la documentación que las acredite.

La tomadura de pelo de Casanueva y sus “muchachos”, una vez más llega al esperpento, rizando el rizo de su nefasta actuación al frente de la RFEV, al solicitar a los Asambleístas, que la aprueben el balance y las cuentas del 2018 sin que estos sepan nada sobre ellas, demostrando con ello el poco, o mejor dicho , nulo respeto que les tiene, no solo a ellos, sino que también a la normativa legal, pues la Ley la obliga a que toda la documentación a tratar en la asamblea para su aprobación, “si procede”, este a disposición de los asambleístas en el momento de la convocatoria.

Eso sí, en la convocatoria no se incluye la formalidad de “si procede”, con lo que Casanueva, a priori, da por hecho su aprobación, confiando en la capacidad de videncia de algunos de los Asambleístas y en la facultad de la gran mayoría de ellos de hacer como la famosa figurita china que levanta el brazo continuamente.

La petición que hace Casanueva en el punto 2º del orden del día, supone una de dos cosas; o que los asambleístas son videntes y por ello conocen, sin verlas, las cuentas del 2018, o bien, que si no lo son, las aprueben en un acto de fe, pues a ellos no les ha enviado esos documentos, los que tampoco están “colgados” en la página de transparencia de la RFEV en su apartado: DOCUMENTACION ASAMBLEA GENERAL, en la que hasta hace unos pocos años esta documentación era, como no podía ser menos, de dominio de todos los miembros de la RFEV y con ello podían trasmitir a sus representantes sus dudas para ser consultadas en la Asamblea donde les representan, ya que al fin, los Asambleístas actúan en su nombre.

Este público conocimiento de la documentación a tratar en la Asambleas gracias a la falta transparencia de Casanueva ha desaparecido; desde el 2018 para consultar en la Web Federativa la documentación a tratar en las Asambleas, solo se puede acceder a la misma con una clave. Sin embargo para la AGE del día 23 de noviembre ni tan siquiera los Asambleístas tienen esta posibilidad, ya que no está “colgada”

.

Sobre esta falta de la documentación enviada fuera del plazo marcado para la convocatoria, ya se pronunció la sentencia 142/2019 dictada por la demanda presentada a la RFEV, por entre otras cosas, el cambio de domicilio Social, que en sus Fundamentos de Derecho dice: que la mera mención en la convocatoria de la asamblea de que se iban a producir una modificación estatutaria (en este caso una solicitud de aprobación del balance y cuentas anuales de 2018) no permitía conocer a los socios el contenido de dicha modificación, (en esta caso de las cuentas del 2018) que por otro lado tiene una importancia evidente. Cualquiera de las aclaraciones posteriores, como la exposición de los documentos relativos al asunto (en este caso el balance y cuentas del 2018, no ha habido ninguna documentación al respecto) la exposición de los documentos incumplían los plazos estatutarios, sin que aquellos que iban a concurrir a dicha reunión (en este caso la del día 23 de noviembre) tuvieran tiempo suficiente para conocer los extremos que se iban a modificar (en este caso las cuentas del 2018) con la antelación que le permitían los Estatutos. A pesar de esa sentencia la Presidenta sigue incumpliendo la normativa legal

Como puede comprobarse, Casanueva se salta, como siempre ha hecho, las reglas, lo que la costó la sentencia 142/2019 por ello, al no haber enviado a los Asambleístas los documentos necesarios en el plazo recogido por la Ley para poder realizar el cambio de domicilio Social solicitado en la asamblea del 17.03.2018.

A pesar de esta sentencia, de ser ella licenciada en Derecho y de tener la Federación un equipo jurídico en nómina que cobra un pastón, Casanueva vuelve a incumplir la norma en los mismos términos, que hizo en la de marzo de 2018, lo que la costó la resolución 142/2019 en su contra

Lo que solicita Casanueva en el punto 2º de la AGE, para las personas normales supone, además de una gran irregularidad, el tener que tragar con ruedas de molino, lo que todos los no ”videntes”, afortunadamente, no tragaran; aunque habrá por, desgracia, muchos que demostraran ser “videntes”, para vergüenza de ellos

Con estos mimbres, en otro país de nuestro entorno, Casanueva no podría aprobar las cuentas del 2018 al no tener los asambleístas documentación que las soporte, ya que la palabra de una persona que falta a la verdad no vale para nada, aunque este por escrito.

Esperemos, que esto, afortunadamente, no siga continuando. En manos esta de los asambleístas, que no son videntes, el que esta farsa se acabe en la RFEV.

J.F.M.J.O.

Articulo publicado por Jaume Soler el 14 11 2019

https://jaumesoler.net/la-rfev-el-csd-el-boe-la-justicia-y-santander/

La RFEV, el CSD, el BOE, la Justicia y Santander

boe-01

Una denuncia ante el Consejo Superior de Deportes solicita la apertura de dos expedientes a la Junta Directiva de la RFEV

Por

Redacción

-

12 noviembre, 2019

El cambio de sede administrativa de la Real Federación Española de Vela (RFEV) de Madrid a Santander va a seguir trayendo cola. Aunque el cambio se hizo sin contemplaciones, cuando las cosas se hacen entre mal y muy mal, acaba ocurriendo que acabas implicando y arrastrando a todo el mundo y como es el caso que nos lleva, en el juzgado.

En el post anterior (10/11/19) explicaba que había acabado en el juzgado y con una sentencia que falló en contra de la RFEV, que se saltó los Estatutos a la torera para que la asamblea aprobara el cambio de sede.

El caso es que la RFEV, que preside Julia Casanueva, parece ser que no informó al Consejo Superior de Deportes (CSD) que había una sentencia judicial que anulaba el cambio de sede de Madrid a Santander, -aunque está recurrida por la RFEV en la Audiencia Provincial de Cantabria- y el Consejo Superior de Deportes (CSD) publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) las modificaciones que les habían hecho llegar desde la RFEV y que se publicaron el 19 de junio de 2019.

Todo esto ha sido denunciado ante el CSD esta misma semana por el regatista y ex presidente de la Federación Cántabra de Vela, José Francisco García de Soto, y donde le avisa que la inclusión del cambio estatutario solicitado en la convocatoria de la Asamblea General Extraordinaria (AGE) del 23 de noviembre de 2019, además de poder ser constitutivo de un fraude de Ley, es el reconocimiento tácito y expreso por parte de la Directiva de la RFEV de que lo aprobado en la Asamblea General Ordinaria (AGO) del 17 de marzo de 2018 era ilegal y por lo tanto nulo.

Es por ello que solicita al máximo organismo del deporte español lo siguiente:

  1. Que se abra expediente a la directiva de la RFEV por haber ocultado al CSD información básica para la reforma del estatuto, así como que se realice la modificación necesaria por la Comisión Directiva del CSD sobre lo que aprobó el 29 de marzo de 2019, ya que el punto 4.2 no ha sido jamás modificado, y que ello, se publique la modificación de este error sobre el arto 4.2 en el BOE.
  2. Que se abra expediente a los directivos de la RFEV para depurar responsabilidades de los mismos, de acuerdo con arto 12.2,i) del RD 1835/1991, de 20 de diciembre y del art. 37 de los estatutos de la RFEV, por haber estos trasladado la sede de la misma de Madrid a Santander de forma unilateral e ilegal tal y como declara la sentencia 142/2019, al haberlo hecho sin la aprobación de la asamblea, y por los daños económicos que el cambio de Sede ha ocasionado a las arcas de la Federación por este hecho.

Veremos si una vez más el CSD mira hacia otro lado, o como ha hecho con otras federaciones sea riguroso con ellas y consigo mismo.

Articulo publicado por www.masmar.net el 11 11 2019

http://www.masmar.net/index.php/esl/Vela/M%C3%A1s-Vela/%C2%BFA-quien-pretende-tomar-el-pelo-Julia-Casanueva-con-la-petici%C3%B3n-de-modificaci%C3%B3n-de-estatutos-en-la-asamblea-del-23-de-noviembre

¿A quien pretende tomar el pelo Julia Casanueva con la petición de modificación de estatutos en la asamblea del 23 de noviembre?

11 noviembre 2019 20:00:41

Al CSD ya se lo ha hecho, al publicar este en el BOE del 1 de julio de 2019, los mismos textos que ahora pretende volver a aprobar.
Solo unos Asambleísta ignorantes y paniaguados, de los que Casanueva se ríe, podrían votar esa petición.

Por ello y para que nadie este desinformado, estas son las razones por lo que las propuestas de modificación de los artículos 4.1 y 15.bis no se sostienen y por lo tanto no se pueden aprobar; Razones tan sencillas como que la redacción de las modificaciones que Casanueva, para salvar nadie sabe qué, pero probablemente su responsabilidad pecuniaria por la ilegal modificación de la sede de la RFEV de Madrid a Santander, quiere que se aprueben el día 23 de noviembre; pues bien señores Asambleístas, nada más, ni nada menos, que el BOE nº 153 de 1 de julio de 2019 contiene el texto idéntico de esos artículos, a los que Casanueva y su directiva pretenden que ahora se apruebe (https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2019-9828).

Este BOE no solo contiene los textos de los artículos 4.1 y 15.bis, sino que en un alarde de irresponsabilidad, la RFEV en vez de enviar al CSD el texto de las modificaciones aprobadas ilegalmente en la AGO del 17.03.2018 parece ser que también añadió entre lo modificado al art. 4.2, del que nada se trató en aquella reunión y que sin embargo también aparece publicado en el citado BOE tras la aprobación de las modificaciones estatutaria por la Comisión Directiva del CSD, la que con ello parece que no se entera de lo que aprueba, ya que del art.4.2 nunca se ha solicitado su modificación desde el 2016 en que se aprobaron los estatutos, que señores Asambleístas, para su conocimiento, no cumplen con el ordenamiento jurídico del Deporte, ¿asombroso NO?, pero esto, es para otra ocasión.

Los señores Asambleístas deben conocer, para que luego no puedan alegar desconocimiento, que el Juzgado de Primen Instancia nº 4 de Santander, ante la denuncia presentada ante él por una serie de Asambleístas de la RFEF, por el ilegal cambio de domicilio Social en la AGO del 17.03.2019, el pasado día 28 de mayo de 2019 emitió una sentencia, la 142/2019 (cuya sentencia se adjunta a este articulo) , en la que en la que entre otras cosas dice: “El incumplimiento de los Estatutos es manifiesto, ya que la mera mención en la convocatoria de la asamblea de que se iba a producir una modificación estatutaria no permitía conocer a los socios el contenido de dicha alteración, que por otro lado tiene una importancia evidente. Cualquiera de las aclaraciones posteriores, ya sea la que se lleva a efecto dos días antes de la reunión, como la exposición de los documentos relativos a la misma a partir del día 9 de marzo incumplían los plazos estatutarios, sin que aquellos que iban a concurrir a dicha reunión tuvieran tiempo suficiente para conocer los extremos que se iban a modificar con la antelación que les permitían los Estatutos.”

Tras declarar sin ambages el incumplimiento estatutario practicado por la RFEV, el Juzgador en su fallo dice: “declaro nulo el punto cuarto del orden del día aprobado por la Asamblea General de la Real federación Española de Vela en sesión ordinaria de fecha 17 de marzo de 2018, dejándolo sin efecto”.

A esta sentencia la RFEV presentó un Recurso de Alegación ante la Audiencia Provincial de Cantabria, la que aún no se ha pronunciado, estando por tanto Sub Judice

Pues bien señores Asambleístas, parece ser que la RFEV no comunicó al CSD la demanda que soportaba por la ilegal modificación estatutaria, ya que de haberlo hecho es seguro que el CSD hubiese esperado la resolución final de la demanda por la Audiencia Provincial de Santander, la que al no conocer la existencia de la demanda el CSD dio por bueno el documento que la presentaría la RFEV sobre lo aprobado el 17.03.2019. Aunque el celo de alguien propicio que la Comisión Directiva del CSD aprobase también la modificación del art. 4.2, lo que es muy fuerte

Nadie conoce las oscuras intenciones de la RFEV al proponer una vez más la modificación estatutaria de los artículos 4.1 y 15.bis, pero está claro que mientras no haya una resolución de la Audiencia Provincial de Cantabria, o, que la RFEV renuncia ante ella de su Recurso de Apelación, el texto del BOE de 1 de julio de 2019, que es igual al que pide ahora Casanueva a la AGE del día 23, ES EL ÚNICO VÁLIDO, y estos son idénticos, por lo que no es necesario su modificación.

La Sra. Casanueva, en su huida hacia delante, es capaz de situaciones esperpénticas como las que propone para el día 23 al pedir una modificación que ya está hecha y que consta, nada menos, que en el BOE

Con relación a los comités que pretende añadir, es otro enredo de esta Sra. y su Junta, ya que sobre estos, la convocatoria no indica cual son las funciones de los mismos, ni por quien y en qué número estarán formados.

Es incomprensible, que siendo Casanueva abogada y teniendo la REFV un equipo jurídico en nómina, sea capaz de presentar peticiones como las del punto 5º de la convocatoria de la AGE del próximo día 23, lo que nadie en su sano juicio podría aprobar, a no ser un paniaguado, lo que en el caso de que esto sucediese, el cambio estatutario acabará nuevamente en el Juzgado antes de 40 días

Desgraciadamente continuara…

Denuncia ante el CSD

SENTEN.pdf 6,55 MB

J.F.M.J.O

articulo publicado por Jaume Soler el 11 11 2019

https://jaumesoler.net/cambio-sede-rfev-vuelve-palestra-cara-asamblea-rfev/

El cambio de sede vuelve a la palestra de cara a la Asamblea de la RFEV

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Un juzgado de Santander estimó que no se habían cumplido los requisitos para el cambio de domicilio de Madrid a Santander

Por

Jaume Soler

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11 noviembre, 2019

La polémica del cambio de sede de Madrid a Santander, que se produjo a lo largo del año 2018 se encuentra provisionalmente en el aire, después que el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Santander haya estimado la demanda presentada en su día por la Federación Madrileña de Vela, el Real Club Náutico de Madrid y el deportista Martín Bermúdez de la Puente, los tres asambleístas y que pedían la nulidad de algunos acuerdos tomado en la asamblea ordinaria el 17 de marzo de 2018, relativos al cambio de sede federativa, aprobación de presupuestos y la subida de la cuota de la licencia que expiden las federaciones autonómicas correspondiente al canon que deben de pagar a la española.

El 29 de enero de 2019 tuvo lugar la vista en el que se tomaron las pruebas testificales y audiovisuales. Tras estudiar toda la documentación el juez estima que se han incumplido los Estatutos de la RFEV en el artículo 41: “Las convocatorias a las reuniones de la Comisión Delegada, de la Asamblea General y de la Junta Directiva, se realizarán con antelación mínima de 15 días“, cosa que no sucedió.

Según la sentencia “el incumplimiento de los Estatutos es manifiesto, ya que la mera mención en la convocatoria de la asamblea de que se iba a producir una modificación estatutaria no permitía conocer a los socios el contenido de dicha alteración, que por otro lado tiene una importancia evidente, cualquiera de las aclaraciones posteriores, ya sea la que se lleva a efecto dos días antes de la reunión como la exposición de los documentos relativos a la misma a partir del día 9 de marzo incumplían los plazos estatutarios, sin que aquellos que iban a concurrir a sin que aquellos que iban a concurrir a dicha reunión tuvieran tiempo suficiente para conocer los extremos a los que se iban a modificar con la antelación que les permitían los Estatutos. Y prosigue no basta para ello alegar que se había producido ya de facto el traslado a la ciudad de Santander de los órganos administrativos y técnicos, pues es sobradamente conocido que en ocasiones no coincide el lugar donde se realiza la actividad principal de la persona jurídica con el domicilio social de la misma”.

Y argumenta el porque declara nula esta decisión: “La propia parte demandada mantiene que la nulidad que se pueda declarar respecto de este acuerdo tiene escasa importancia, pues solamente supondrá que se deberá adoptar en una nueva reunión, pues de facto ya se encuentran en Santander los órganos administrativos. Esto tiene escasa trascendencia desde el punto de vista jurídico ya que lo que debemos comprobar en este supuesto es que por la entidad demandada se ha dado cumplimiento a lo recogido en los Estatutos, y en este caso no ha sido así, habiéndose podido provocar una cierta indefensión en aquellos que no han podido conocer hasta el último momento en que iba a consistir la modificación estatutaria, cuando según la propia norma social deban poderlo conocer desde el momento en que se convoca la Asamblea.

Todo ello nos debe llevar a declarar la nulidad de este acuerdo en los términos solicitados.

La sentencia fue comunicada a las partes el día 28 de mayo de 2019 por lo que el traslado de la sede se encuentra sub júdice.

Lo que resulta realmente sorprendente es que en el Orden del Día de la Asamblea General del próximo 23 de noviembre de 2019 se incluya la aprobación de la modificación de los Estatutos en su Articulo 4.1: “La Real Federacion Española de Vela tendrá su domicilio social en Santander, CEAR Principe Felipe, c/Gamazo s/n”. Es decir que hablan de modificar unos Estatutos que ya están modificados, con lo que no están cambiando nada que no haya sido modificado en la asamblea de 2018.

Y más sorprendente aún porque en las alegaciones que presentaron en el recurso ante la Audiencia Provincial ya reconocen que en la Asamblea del 17 de marzo de 2018 se aprobó la modificación del Artículo 4.1 y que quedó redactado de la siguiente manera, donde el orden de los factores no altera el producto: “La RFEV tendrá su domicilio social en Santander, Calle Gamazo s/n CEAR de Vela “Principe Felipe”. Alegando, además, que la modificación del Artículo 4.1 fue aprobada por mayoría.

Es decir, aprobar y repetir dos veces lo mismo en dos asambleas distintas, en una acción que recordemos, está pendiente de resolución judicial. Deben pensar, al hacer esta anomalía asamblearia, el blindarse ante una sentencia que pueda ser contraria al cambio de domicilio o bien se entiende que la RFEV ha abandonado el recurso y busca una nueva aprobación por parte de la misma asamblea que lo dio por bueno en marzo de 2018. Pero a la vez a la RFEV se le puede volver en contra, ya que esta convocatoria podría ser en cualquier momento impugnada.

Artciuculo publicado por Jaume Soler el 04 11 2019

https://jaumesoler.net/revolcon-de-la-world-sailing-y-adios-al-finn-olimpico/

Revolcón de la World Sailing y adiós al Finn olímpico

FOT

El presidente Kim Andersen pierde la votación sobre los cambios en la gobernanza de la World Sailing

Por

Jaume Soler

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4 noviembre, 2019

El presidente y el comité ejecutivo de la World Sailing hace tiempo que caminan por un alambre, y las reuniones anuales que se celebran cada mes de noviembre, excepto al fiesta de entrega del galardón a ‘Regatista del Año’, el resto se han convertido en un suplicio y donde Kim Andersen y su CEO hasta final de año, Andy Hunt, están demostrando poco nivel político y ejecutivo para llevar el timón de la nave de la federación internacional de vela, donde ya pocas cosas quedan por destrozar.

El año pasado, en la reunión celebrada Sarasota el lío del Finn y el barco quillado mixto doble para los Juegos Olímpicos de París 2024 y una escandalosa votación, en donde hubo denuncias de pucherazo en el voto electrónico, marcaron la decadencia en la que está asumida la World Sailing.

365 días después, en Bermuda, se ha celebrado la reunión anual, la penúltima, ya que en la siguiente que ya será en 2020 habrá elecciones y Andersen llega muy, pero que muy tocado, y después de estos cuatro años no creo que tenga la indecencia de volver a presentarse.

La debilidad en la que se encuentra el actual presidente y su corte es total. En el pasado post explicábamos la importancia capital de la votación en la que se desconocía en que dirección se movería la Federación Española, que en los últimos años va dando tumbos y palos de ciego a nivel mundial.

Para aprobar los impresentable cambios en la Gobernanza de la World Sailing hacía falta la aprobación de un 75% de la asamblea, al final Andersen y Hunt no consiguieron su objetivo ya que hubo un total de 38 votos a favor y 21 en contra, con lo que con un 64,4% favorables no se llegaba al mínimo reglamentario y perdieron una votación que iba a cambiar el futuro de la vela. Como la votación fue secreta, no sabemos cual fue el voto de Julia Casanueva y el porque, ya que no lo consultó ni con su junta directiva ni mucho menos con su asamblea, con lo que se ha convertido casi como un voto particular y personalísimo de la presidenta española.

Confirmadas las clases para París 2024

Lo que sí sabemos de buena fuente es que la Federación Española de Vela votó en blanco en la de la sustitución del RS:X por el iFoil de cara a los Juegos Olímpicos de París 2024, la ausencia de defensa del windsurf tradicional (RS:X) contrasta con la posición pública de representantes de federaciones cercanas, como la italiana, que aunque alabando lo atractivo de las tablas con foil, razones presupuestarias, de desarrollo y de defensa del nivel que han demostrado sus regatistas les llevó a votar en contra del iFoil.

El otro gran cambio es la definitiva desaparición del Finn como disciplina olímpica, una clase en la que España no ha movido ni un dedo para que continuara a pesar de tener tres medallas (dos de oro y una de plata) en su palmarés. Pero esto dará para otros post donde analizar más profundamente la salida de Finn. También el 470 pasará a ser mixto como es el caso del Nacra 17. Y la entrada del Kite mixto y la del barco quillado mixto, aunque este es el único del que no se sabe qué modelo será, todavía se escucha ofertas.

Se mantienen inamovibles las clases monopolizadas como son el Laser Standard, el Laser Radial, el 49er, el FX y el Nacra 17.

Este es el futuro que nos espera.