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DESPUÉS DE DOS MESES AL FRENTE DE LA RFEV ¿DONDE ESTA LA TRANSPARENCIA QUE TANTO ANUNCIABA CASANUEVA SI GANABA LA MOCIÓN DE CENSURA? - ARTICULO PUBLICADO EL DIA 11 12 2015

articulo publicado el 11 12 2015.

DESPUÉS DE DOS MESES AL FRENTE DE LA RFEV ¿DONDE ESTA LA TRANSPARENCIA QUE TANTO ANUNCIABA CASANUEVA SI GANABA LA MOCIÓN DE CENSURA?

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El pasado día 6 de diciembre se cumplieron dos meses desde que Casanueva alcanzase la presidencia de la RFEV , también han transcurrido dos meses en que nada más se ha añadido, o cambiado en el enlace de la Ley de Transparencia de la pagina institucional de la RFEV ( http://www.rfev.es/content/estructura-organizativa ), eso que parece ser que ha habido al menos una Asamblea General Extraordinaria el pasado día 6 de Octubre y una reunión de la Junta Directiva el día 20 de noviembre, (de la que por cierto un miembro de la Comisión Delegada, el deportista Eugenio Díaz el pasado día 8 de noviembre solicito públicamente en su Facebook que le remitiesen los gastos, ¿Se lo habrán enviado?).

 

La cruda realidad es que lo que se publicaba en el enlace de la Ley de Transparencia de la RFEV faltaban muchos datos a los que la Ley obliga. Todos esperábamos que con la nueva Presidente y su máxima de cerrar la cueva de “Ali Baba”, en la pagina institucional aparecerían todos los documentos que no estaban publicados; pero de eso nada de nada. Si antes la RFEV era como decía Casanieva una cueva de Ali Baba, ahora en cuanto a lo que se refiere a transparencia, sigue siendo la misma cueva, al menos en cuanto a lo que a transparencia se refiere.

 

Uno se pregunta después de ver lo que el CSD determina lo que tiene que publicar las FFEE por la ley de transparencia, lo que esta publicado en el siguiente enlace del CSD http://estaticos.csd.gob.es/prensa/ley_transparencia.pdf , y lo que la pagina de la RFEV publica, es si nos están tomando el pelo, pues lo que esta publicado en la web federativas es solo un sucedáneo de lo que se tiene que publicar.

 

 

La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno establece que aquellas entidades que por su especial relevancia pública, por ejercer potestades administrativas o por percibir subvenciones del Estado deben publicar tanto la información institucional, organizativa, de planificación como la información económica, presupuestaria y estadística con el fin de reforzar las transparencia de su actividad.

 

 

La ley en su capítulo I y II entro en vigor el 10 de diciembre de 2014 las entidades afectadas tendrán que publicar dicha información en la sede electrónica o página web de forma clara, estructurada y entendible para los interesados; esta información tendrá que ofrecerse en formatos reutilizables y fácilmente accesibles.

 

 

Y es que no es poca la información que han de publicar a partir de ya:

 

 

CONTRATOS

 

 

En materia de contratos:

 

Objeto y duración.

 

Importe licitación y adjudicación.

 

Procedimiento de celebración.

 

Instrumentos a través de los que se ha publicitado.

 

Número licitadores.

 

Identidad del adjudicatario.

 

Modificaciones del contrato.

 

Decisiones de desistimiento y renuncia.

 

Porcentaje sobre total presupuesto de la entidad.

 

 

CONVENIOS

 

 

En materia de convenios, habrán de difundir esta información:

 

 

Partes firmantes.

 

Objeto y duración.

 

Modificaciones.

 

Partes obligadas.

 

Obligaciones económicas convenidas.

 

Subcontrataciones (adjudicatarios, procedimiento seguido e importe de las mismas).

 

 

SUBVENCIONES

 

 

En cuanto a las subvenciones recibidas, deberán dar a conocer:

 

 

Importe

 

Finalidad

 

Beneficiarios

 

 

PRESUPUESTOS

 

 

En lo que concierne a los presupuestos, las entidades deportivas afectadas deberán informar de lo siguiente:

 

 

Presupuesto aprobado en la Asamblea.

 

Estado de ejecución trimestral

 

 

CUENTAS ANUALES E INFORMES DE AUDITORÍA

 

 

Respecto a las cuentas anuales:

 

 

Copia cuentas anuales.

 

Copia informes auditoría.

 

Informes de auditoría y fiscalización de carácter complementario

 

 

RETRIBUCIONES ALTOS CARGOS

 

 

De las retribuciones:

 

 

Retribuciones anuales (en metálico y en especie) de los altos cargos y máximos responsables de la Entidad (Presidente, Secretario General, Gerente, Tesorero, Director Técnico y miembros de órganos que perciban retribuciones).

 

 

Indemnizaciones percibidas con ocasión del abandono del cargo.

 

 

Pues bien, cuando en el enlace de la Pagina de la RFEV veamos todos estos datos de forma clara, estructurada y entendible para los interesados que es a los que obliga la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, será cuando de verdad ha entrado en nuestra Federación la tan anhelada transparencia. Mientras tanto no sea así, la Federación, para nuestra desgracia, seguirá siendo lo que decía Casanueva, una cueva de Ali Baba. Extrañando y mucho que tras estos dos meses en la Presidencia, en lo que se refiere a transparencia seguimos igual que antes, y sobre todo que a menos de un mes para terminar el año no sepamos cuales han sido las cuentas del 2014 y mucho menos las del Mundial, evento en el que Casanueva estuvo de Vicepresidenta Primera.

 

 

J.F.M.J.O.